Los grupos de trabajo los carga el diablo, porque sirven a veces al poder público de turno como congeladores donde enfriar determinados asuntos que conciernen a la opinión pública, que se ve adormecida con el anuncio de su creación, y deja de prestar atención durante los meses o años que dure su cometido. Pero vamos a ser optimistas y pensar que el objetivo del Gobierno es realmente el de dar un impulso a la regulación de la actividad de los lobbies, algo que no ha sucedido aún en todo el proceso democrático.
Pues bien, para facilitarles el trabajo a los futuros miembros de esa comisión, mientras se dilucida su composición, y ésta echa a andar y comienza a formular borradores de legislación, me van a permitir que me adelante y les ofrezca mi modesta aportación.
Aquí tienen un pequeño extracto:
PROPOSICIÓN
NO DE LEY DE REGULACIÓN DE LOS GRUPOS DE PRESIÓN
EXPOSICIÓN
DE MOTIVOS
“Los
grupos sociales, que representan intereses comunes de ciudadanos, de naturaleza
económica, profesional, cultural, sindical o social en
sentido amplio, suelen actuar ante los Poderes Públicos y ante las diversas
Administraciones con el fin de hacerles llegar información sobre sus
pretensiones, reivindicaciones, o toma de postura ante las normas o los actos
que les afectan directa o indirectamente.
(...)
De
acuerdo con ello, se formula la siguiente
PROPOSICIÓN
NO DE LEY
Primero.
El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que, en el plazo máximo de
seis meses, presente en la Cámara un Proyecto de Ley regulador de los Grupos de
Interés, en línea con las prácticas habituales en otros países o en la propia Unión Europea .
Segundo.
Dicho Proyecto recogerá la necesidad de establecer un Registro Público de
Grupos de Interés, con el fin de identificar a todas aquellas personas físicas
o jurídicas, que pueden establecer relaciones con el Gobierno, con los
organismos de la Administración General del Estado (incluidas las empresas
públicas y los órganos reguladores) y con el Parlamento.
Tercero.
El Proyecto establecerá las condiciones por las que los ciudadanos podrán acceder
a este Registro, de manera tal que se permita la identificación pública del
operador, del grupo que representa y de los fines que persigue.
(...)
Asimismo,
la regulación propuesta adaptará determinadas normativas conforme a lo
dispuesto en esta nueva legislación, mediante las siguientes
DISPOSICIONES
ADICIONALES
Primero.
El Proyecto encarga a la Mesa del Congreso de los Diputados el diseño, en el
plazo de seis meses desde su entrada en vigor, de un plan de
institucionalización de la presencia de los lobbies en el parlamento, que, con
el fin de favorecer la integración social e incrementar la legitimidad
democrática de las decisiones del legislativo, fomente la celebración habitual
de audiencias públicas o hearings que
permitan la participación en las cámaras de todos los conjuntos de ciudadanos
potencialmente afectados por los distintos proyectos legislativos.
Segundo.
El Proyecto encarga a la Mesa del Congreso de los Diputados que establezca, en
el plazo de seis meses desde su entrada en vigor, cambios en el reglamento de
presentación de enmiendas a los proyectos legislativos por parte de los grupos
de la cámara, de forma que aquellas enmiendas presentadas a propuesta de un
grupo de interés deberán incorporar una etiqueta que las identifique como
tales, así como el nombre del grupo de interés proponente.
Cualquiera interesado en conocer el texto completo puede contactarme en esta dirección.
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